El caso de Embotelladora Metropolitana en Colbún no fue una infracción detectada de oficio: comenzó con las denuncias de vecinos que en 2019 alertaron sobre olores y daños al estero Sin Nombre. Siete años después, el Segundo Tribunal Ambiental confirmó una multa de 1.264 UTM y estableció que la empresa actuó con conducta intencional.

estero natural en zona rural chilena — daño ambiental por residuos industriales

El fallo, dictado el 10 de julio de 2026 por los ministros Marcela Godoy, Cristián López y Guillermo de la Barra, cerró un proceso que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició en 2022 tras comprobar que EMSA fabricaba cerveza en instalaciones que solo tenían autorización para embotellar agua mineral, néctares y bebidas analcohólicas.

2019: los vecinos de Colbún alertan sobre el estero Sin Nombre

El origen del caso está en las comunidades aledañas a la planta de tres hectáreas que EMSA opera en Colbún, Región del Maule. En 2019, residentes del sector comenzaron a reportar malos olores y señales de deterioro en el estero Sin Nombre, curso de agua que bordea la instalación. Las denuncias llegaron a la seremi de Salud del Maule, que registró infracciones previas que luego el tribunal consideró antecedentes agravantes.

La Superintendencia del Medio Ambiente tomó el caso y constató que los residuos industriales líquidos (riles) generados por la producción de cerveza se estaban descargando en ese estero sin haber sido evaluados ambientalmente. La cerveza genera riles con carga orgánica significativamente mayor a la del agua embotellada, para los que la planta no tenía sistemas de tratamiento autorizados.

La RCA que solo contemplaba agua: el documento que EMSA ignoró

La Resolución de Calificación Ambiental de EMSA era específica: autorizaba la operación de un sistema de tratamiento de riles para una embotelladora de agua mineral, con capacidad para néctares y bebidas analcohólicas. La cerveza no figuraba en ninguna parte de ese documento.

Para incorporar una nueva línea productiva de esa naturaleza, la empresa debía ingresar una modificación al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) antes de comenzar a operar. No lo hizo. Según el tribunal, EMSA también ejecutó modificaciones físicas al proyecto —obras de infraestructura no autorizadas— que transformaron la naturaleza ambiental de la instalación sin tramitar ningún permiso adicional.

El intento fallido de escapar por procedimiento

Ante la imposibilidad de rebatir los hechos, EMSA optó por una estrategia procedimental: argumentó que el proceso sancionatorio se había extendido de forma irrazonable en el tiempo y que esa demora justificaba su declaración de caducidad. El tribunal rechazó el argumento sin ambigüedades.

Los ministros calificaron el proceso de seis años —desde las primeras denuncias hasta el fallo— como «razonable y proporcional» a la complejidad del expediente y a la gravedad de las cuatro infracciones acumuladas. La SMA, señaló el fallo, «desarrolló correctamente el procedimiento sancionatorio» en todos sus pasos.

Conducta intencional: el hallazgo que no permite reducir la multa

El elemento más relevante del fallo para la industria cervecera es la calificación de intencionalidad. El tribunal estableció que EMSA «sabía que la elaboración de cerveza no estaba contemplada en la RCA» y que operó «fuera de cualquier autorización ambiental» a sabiendas de esa situación.

Esa determinación tiene consecuencias directas sobre la sanción: la conducta intencional es un agravante legal que descarta la posibilidad de reducir la multa por buena fe o error excusable. La sanción de 1.264 Unidades Tributarias Mensuales —equivalente a aproximadamente mil millones de pesos— quedó confirmada en su totalidad.

Preguntas frecuentes

1. ¿Cómo comenzó el caso de EMSA en Colbún?

El proceso se inició en 2019 con denuncias de vecinos de Colbún que alertaron sobre malos olores y daños al estero Sin Nombre. La Superintendencia del Medio Ambiente investigó y constató que EMSA fabricaba cerveza en instalaciones autorizadas solo para agua mineral, néctares y bebidas analcohólicas.

2. ¿Qué significa que el tribunal haya encontrado conducta intencional?

El tribunal determinó que EMSA sabía que la elaboración de cerveza no estaba en su RCA y operó de todos modos fuera de cualquier autorización. Esa calificación es un agravante que impide reducir la sanción y sustenta la aplicación de la multa completa.

3. ¿Por qué EMSA argumentó que el proceso había prescrito?

La empresa intentó que la sanción fuera declarada nula por la extensión del proceso. El tribunal rechazó el argumento, calificando los seis años como razonables y proporcionales a la complejidad del caso.

4. ¿Qué ocurrió con la marca Volcanes del Sur que producía EMSA?

Volcanes del Sur fue vendida a Compañía de Cervecerías Unidas (CCU) en 2022. Ese mismo año CHL Capital adquirió EMSA. La multa recae sobre la empresa operadora, independientemente del cambio de propiedad de la marca.

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Autor

Director de Contenidos en Zythos Media™. Autor de "Guía Práctica para Catar Cerveza" y "Cocina y Coctelería con Cerveza".